Acogimiento Familiar

El Acogimiento Familiar es un recurso social que proporciona una familia alternativa a la de origen a aquellos niños y niñas o adolescentes que por diversas razones no pueden convivir con la suya propia. El acogimiento familiar ofrece al niño/a la posibilidad de vivir durante cierto tiempo en un ambiente familiar complementario al suyo, en donde pueda recibir el cuidado, la atención y educación que le facilite un desarrollo armónico de su personalidad.

Existen dos tipologías de acogimiento familiar, en función de las circunstancias específicas de cada caso: el Acogimiento Familiar en familia extensa; esto es, con sus familiares, generalmente abuelos o tíos, y el Acogimiento Familiar en familia ajena; mediante la colaboración de familias dispuestas a asumir el cuidado de estos niños y niñas de manera temporal.

Desde este programa se atiende a niños y niñas que presentan diferentes características y necesidades, así como diferentes perspectivas de retorno a su familia de origen. Por ello, dentro del programa, se han diferenciado varias modalidades de Acogimiento Familiar. Así, dentro de este programa, podemos distinguir tres tipos en función de la duración prevista del acogimiento:

  • Acogimiento Simple. En este caso el acogimiento se promueve desde la premisa del regreso del niño a su familia de origen. Lo cual supone que:

    • La familia acogedora sea una familia especialmente formada y que complemente las necesidades del niño o niña durante el tiempo en que no puede convivir con la suya.
    • La familia acogedora haya sido instruida y facilite las relaciones y las visitas del niño o niña con su propia familia, manteniendo así los vínculos afectivos.
    • La familia acogedora, la familia de origen del niño y los técnicos de menores trabajen conjuntamente para buscar la mejor resolución de las situaciones conflictivas que pudieran concurrir.
  • Acogimiento Simple profesionalizado con carácter de Urgencia. En este caso, la familia tiene disposición para asumir la atención de un niño o niña de manera urgente. La duración de estos acogimientos varía entre unos días a pocos meses, en tanto se adopta una medida que pueda ser más estable para el menor. La familia acogedora es siempre ajena.

  • Acogimiento Permanente. Se trata en este caso de una medida de incorporación a una familia distinta de la de origen durante el tiempo que sea necesario hasta la independencia del niño, su mayoría de edad o hasta la propuesta de una alternativa de convivencia más adecuada. Este tipo de acogimiento se realiza cuando el retorno a la familia biológica no es posible o deseable en interés del bienestar del propio menor y, al mismo tiempo, la separación definitiva mediante medida de adopción tampoco es el recurso adecuado.

  • Acogimiento de Urgencia. En este caso, la familia tiene disposición para asumir la atención de un niño o niña de manera urgente. La duración de estos acogimientos varía entre unos días a pocos meses, en tanto se adopta una medida que pueda ser más estable para el menor.
En general, los acogimientos han de promover un desarrollo emocional, físico e intelectual al tiempo que una identidad personal y social. El niño o niña o adolescente ha de recibir los apoyos necesarios para poder desarrollar, dentro de un ámbito reducido como es el núcleo familiar, sentimientos de seguridad, de permanencia y de pertenencia.

¿DÓNDE PUEDEN ACUDIR LAS PERSONAS INTERESADAS EN ACOGIMIENTO?

Si usted y su familia están interesados y piensan que es un buen momento para ayudar y acoger a uno o más niños o niñas, debe dirigirse a los Servicios Sociales de su localidad y/o a los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales correspondientes a su lugar de residencia, donde deberán rellenar una solicitud de colaboración con el programa a través del modelo normalizado establecido por la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales. A esta solicitud se le debe acompañar de:

  • Fotocopia compulsada del DNI de cada uno de los solicitantes.
  • Libro de Familia o certificado de convivencia.
Una vez entregada esta solicitud en los Servicios Periféricos correspondientes se concertará una cita con los interesados, con el objetivo de proporcionar una primera información y aproximación al programa, a los conceptos legales referidos al menor y a resolver las dudas planteadas por las familias.

Los solicitantes de colaboración en el programa como familia acogedora deberán realizar unas sesiones de formación con el objetivo de proporcionarles unos conocimientos y habilidades necesarias para afrontar las posibles dificultades que puedan surgir en el proceso de acogimiento familiar. El proceso de formación consta de 4 sesiones, donde se abordarán por bloques temáticos las áreas relacionadas con el acogimiento familiar.

Una vez finalizado el proceso de formación, se realizará por parte del Equipo Interdisciplinar de la Delegación Provincial una valoración de la familia solicitante a fin de poder determinar su inclusión en la bolsa de familias acogedoras de Castilla-La Mancha.

APOYO QUE RECIBEN LAS FAMILIAS

  • En las campañas de captación que periódicamente se promueven para potenciar este recurso de protección de menores se ofrece información general sobre el acogimiento, sus requisitos y objetivos, su régimen jurídico y se responden las preguntas que les puedan surgir a los interesados.

  • Las familias que formalicen su solicitud recibirán un curso de formación teórico-práctico sobre los diferentes aspectos del acogimiento: aspectos legales, modalidades, implicaciones de la separación del niño respecto a su familia de origen, proceso de adaptación al nuevo ámbito familiar, las visitas y la posibilidad de retorno.

  • Las familias interesadas recibirán apoyo técnico y supervisión durante todo el proceso, especialmente en los momentos más sensibles, como los primeros encuentros, las visitas u otras eventualidades que pudieran dificultar la adecuada adaptación de los niños.

  • Apoyo económico. Todos los acogimientos familiares que estén formalizados por la Dirección General de Familia, Menores, Promoción Social y Voluntariado de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales percibirán una ayuda económica destinada a sufragar los gastos derivados del acogimiento del menor/es acogido/s dentro de la familia.

  • En la fase de acoplamiento se les informará sobre las características específicas del niño o niña y su familia y del propio acogimiento en sí, así como de las adaptaciones que deberán afrontar para recibir al niño, contando en todo momento con el apoyo de los técnicos del programa.

  • Durante el seguimiento las familias acogedoras contarán con el apoyo y supervisión del equipo de técnicos que se encargan del programa, para resolver y anticipar adecuadamente las posibles situaciones problemáticas que se produzcan.